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Consulado de Colombia en Madrid

Consulado de Colombia en Madrid publica en relación con los pronunciamientos realizados sobre el proceso de inscripción de cédulas

 

El Consulado General Central de Colombia en Madrid, en relación con los pronunciamientos realizados en algunos medios de comunicación sobre el proceso de inscripción de cédulas para las elecciones del 2022, se permite informar lo siguiente:

1. El Consulado, en cumplimiento del artículo 50 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011 y demás disposiciones sobre la materia, ha realizado inscripciones de manera constante, tanto en sus instalaciones, como en las jornadas móviles que ha desarrollado, con el fin de garantizar que los colombianos residentes en la circunscripción consular puedan ejercer su derecho al voto. Hasta la fecha, el Consulado ha llevado a cabo 6.364 inscripciones, a través del Formulario E-3 “Formulario de inscripción de cédulas para ciudadanos colombianos”, dispuesto por la Registraduría Nacional del Estado Civil.

2. El referido proceso de inscripción lo realizan los funcionarios del Consulado; el ciudadano presenta su cédula de ciudadanía o pasaporte colombiano vigente, se diligencia la información correspondiente en el
Formulario E-3 y se captura la huella del connacional. Por último, se verifica que los datos estén correctos y se hace entrega del Formulario E-4 “Comprobante de inscripción de cédulas para ciudadanos colombianos”, dispuesto por la Registraduría.

3. De acuerdo con las instrucciones de la Registraduría, los consulados envían los Formularios E-3 diligenciados, inicialmente de manera digital y, posteriormente, remiten los originales a dicha entidad. 4. La Registraduría, una vez realizada la verificación de la validez de la impresión de la huella, ha devuelto a los consulados algunos Formularios E-3 y, en consecuencia, solicitó contactar a los ciudadanos inscritos en esos formularios para realizar nuevamente la inscripción, con el fin de actualizar el censo electoral. En cumplimiento con la instrucción en mención, el Consulado se ha puesto en contacto con algunos ciudadanos, al número de teléfono y
correo electrónico que informaron en el momento de la inscripción, indicándoles que se deben acercar a sus instalaciones o a los consulados móviles, según corresponda, para realizar nuevamente el proceso en mención.
Cancillería.

Ahora, frente a los documentos de identidad que reposan en el Consulado se permite aclarar lo siguiente:

1. Los consulados, una vez reciben en su sede la remisión de documentos de identidad por parte de la Registraduría Nacional del Estado Civil, son responsables del almacenamiento, guarda y custodia de estos. Los
connacionales reciben un correo automático por parte de la Registraduría cuando se encuentra lista su identificación. Asimismo, se puede consultar el estado del documento a través de la página web:
www.registraduria.gov.co o por medio del correo electrónico del Consulado General Central de Colombia en Madrid. Por seguridad, los documentos de identidad son entregados únicamente al titular, excepto en casos de fuerza mayor debidamente justificados.

2. En relación con los objetos y documentación que se reciben por pérdida por parte de las autoridades españolas y los ciudadanos, el Consulado hace un inventario, los custodia de manera rigurosa y están siempre a disposición para ser reclamados por el titular de estos. Adicionalmente, se contacta a la persona a los datos suministrados en el registro consular, en caso de estar registrada. Asimismo, en los puestos de cada funcionario, como en las pantallas de la Oficina Consular, se encuentra un aviso recordándole a los ciudadanos que no olviden reclamar sus documentos después de finalizar el trámite. En este orden de ideas, se reitera que el Consulado no retiene documentos de identidad, sino que tiene un inventario actualizado de documentos recién expedidos y recibidos por pérdida, custodiándolos de manera rigurosa hasta que sean entregados a su titular. 

Finalmente, se invita a los connacionales a contactarse directamente con el Consulado, a través del correo electrónico [email protected], que está habilitado permanentemente, así como a la línea telefónica 917452590 de lunes a jueves de 8:30 a 12:30 y de 14:00 a 17:00 horas, viernes de 8:30 a 12:30 (hora local de España), canales institucionales en los cuales pueden exponer su caso y recibir la correspondiente respuesta oficial.

El Consulado General Central de Colombia en Madrid reitera su compromiso para que todos los ciudadanos colombianos que se encuentran dentro de su circunscripción puedan ejercer su derecho al voto, en observancia de los principios establecidos por la Constitución y la Ley.

 

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